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TEORIA

Conocimiento meramente especulativo sobre una rama del saber o acerca de una actividad. Conjunto de leyes o principios que determinan un orden de efectos o fenómenos. Posición doctrinal para explicar un problema jurídico o defender alguna solución del mismo. DE LA CULPA. Con relación a la responsabilidad en los accidentes del trabajo, se conoce con el nombre de teoría de la culpa la doctrina que establece la responsabilidad patronal fund ndose en disposiciones, interpretadas sutilmente, de los códigos civiles. DE LA IMPREVISION. En realidad, esta teoría data de la Edad Media, y se enuncia con la m xima rebus sic stantibus. Esto es, que las partes entienden valedero el contrato en cuanto subsistan las condiciones económicas bajo cuyo imperio se pactó.


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