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TRABA DE LA LITIS

La llamada traba de la litis se produce con la contestación de la demanda, o bien con la preclusión del término respectivo para hacerlo, haya comparecido o no el demandado a la citación judicial. El objeto del proceso, con el responde y reconvención en su caso, queda fijado con particular importancia, sobre la materia probatoria y la sentencia.


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