Home » Diccionario Juridico » VENTA CON INDICACIÓN DE ÁREA Y PRECIO POR MEDIDA

VENTA CON INDICACIÓN DE ÁREA Y PRECIO POR MEDIDA

En el derecho argentino el art. 1345 del código civil fija las siguientes reglas: a)  si resultare una superficie mayor, el comprador tiene derecho a tomar el exceso, abonando su valor al precio estipulado; b) si resultare menor, tiene derecho a que se le devuelva la parte proporcional al precio; c) en ambos casos, si el exceso o la diferencia fueren de un vigésimo del área total designada por el vendedor, puede el comprador dejar sin efecto el contrato.


Loguearse para ver o descargar este item

Completar campos para enviar su solicitud.

×