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ACCESORIUM SEQUITUR PRINCIPA­LE

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Lo accesorio sigue a lo principal. Domoitius Ulpianus (Ulpiano): Digesto, 34, 2, 19, 13; que define a las cosas accesorias como aquéllas cuya existencia y naturaleza son determinadas por otra cosa, de la cual dependen, o a la cual están adheridas.

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