Acción que se deriva de la relación entre el tutor y su pupilo y que, en el derecho justininianeo, se descompone en: a) acción directa por la que el pupilo o sus herederos reclaman contra el tutor por las faltas cometidas por éste en la gestión de los bienes b) acción contraria concedida al tutor para reclamar del pupilo los gastos o desembolsos hechos en la gestión de la tutela.
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