Acciones temporales; calificación dada a aciertas acciones, en razón de su vigencia limitada en cuanto al tiempo, frente a las actiones perpetuas . Por regla general, tienen tal carácter las acciones honorarias, salvo las que ayudan al derecho civil, como la actio pauliana, fruti manifesti y actio hypothecaria, frente a las civiles, que eran perpetuas, a excepción de la actio depensi y la querella inofficiosi testamenti.
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