Forma de ejecución introducida por el pretor, consistente en la venta en bloque de la totalidad de los bienes del deudor insolvente, quien por ello incurre en infamia, satisfaciéndose con el precio obtenido la masa de acreedores. Primeramente fue establecida con carácter secundario y con posterioridad se limitó su esfera de aplicación.
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