Concordato. Tratado o convenio sobre asuntos eclesiásticos, que el gobierno de un Estado hace con la Santa Sede. Son tales porque: 1) no son tratados públicos entre dos poderes iguales; 2) versan sobre casos espirituales; 3) no se realizan con un Pontífice temporal, sino con la Santa Sede; 4) el Papa puede revocarlos sin el consentimiento de la otra parte si por virtud de las circunstancias son perjudiciales a la Iglesia.
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