Confesión formulada por el demandado en presencia del magistrado en la fase in iure del procedimiento
de las legis actions per formulam. En época de las legis actiones, si e operaba con ocasión del ejercicio de la sacramento in rem, suponía una in iure cessio; en los demás casos se equiparaba a la sentencia, procediéndose a continuación por la vía ejecutiva. Lo mismo ocurre en el per formulam, y en el extraordinario la confesión plena produce la finalización del proceso.
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