IN QUOVIS

normas

Término jurídico que se suele emplear en los contratos de seguro marítimo, significando que éste ha sido celebrado sin indicación de la nave, obligándose el asegurado a verificar la designación del buque dentro de un término fijado, finiquitado el cual puede el asegurado rescindir el contrato, si el asegurado no ha cumplido aquella obligación. 

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