Postliminio. Institución del derecho romano. En el mundo antiguo el prisionero de guerra era esclavo del pueblo que lo aprisionaba, suponiéndose también lo mismo del que era hecho prisionero, aun en tiempo de paz, por pueblos que no había celebrado con Roma un tratado de amistad. Así, pues, el ciudadano romano que caía prisionero, se volvía esclavo y, perdía, por tanto, todos los derechos, reduciéndose como a la nada todas sus relaciones jurídicas, de donde resultaba que cuando por cualquier causa (liberación, canje, fuga, etc.) sala de su cautiverio y volvía a la ciudad se hubiera encontrado en una situación con relación al Estado, a la familia, etc., que, además de ser dolorosisima sería injusta, ya que aquel cautiverio lo había sufrido en defensa de Roma. Para evitar esta consecuencia se admitió el llamado derecho de postliminio (jus postliminii), en virtud del cual el ciudadano romano que hubiere sido hecho prisionero del enemigo (en paz o en guerra) y que era puesto en libertad por éste o lograba evadirse de su poder era, desde el momento en que lograba entrar en los confines del Estado romano o de una ciudad confederada o aliada de Roma reintegrado en sus derechos, volviendo a renacer, con algunas excepciones, sus relaciones jurídicas
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