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QUOD METUS CAUSA

Acción y excepción quod metus causa. Vías de procedimiento, que en derecho pretoriano servía para reparar los efectos de la violencia cometida por una parte contratante, cuando el temor (metus) resultante de esa violencia había sido tal, que había determinado a la otra parte a contratar. El pretor, teniendo por no efectuado lo hecho durante el imperio de este temor, daba a la víctima de la coacción una excepción que paralizaba los efectos de la acción encaminada a ejecutar la obligación y una acción cuyo objeto era la reparación del prejuicio causado.


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