Cosa de nadie. Loc. Lat. Cosas nullius. En el Derecho Romano, a los bienes que a nadie pertenecían; las cosas sin dueño. Además, las que no podían ser propiedad de nadie, por consagradas a los dioses o por afectar al uso público. || Cosa de nadie; cosas que carecen de dueño, bien por no haberlo tenido nunca o bien por haber desaparecido la titularidad del anterior propietario.
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