TYPUS

Decreto que con este título publicó, el año 641, el emperador Constante, instigado por Paulo, obispo de Constantinopla, que había sustituido a Pirro en aquella sede. El contenido de dicho decreto decía “Prohibimos a nuestros súbditos católicos que en lo sucesivo disputen, en cualquier sentido que sea, acerca de una o dos operaciones o voluntades, sin perjuicio de lo que ha sido decidido con respecto a la Encarnación del Verbo. Mandamos que se atengan a las Santas Escrituras, o a los cinco Concilios generales y a los únicos pasajes de los Padres, cuya doctrina es la regla de la Iglesia, sin añadir ni quitar, sin explicarlos según el dictam en privado, sino que sigan las cosas en el estado que tenían antes de estas disputas, como si no se hubiesen suscitado”. Ordenaba luego que si los que quebrantasen este decreto eran obispos u ocupaban otro lugar en el orden clerical, fuesen depuestos, los mojes excomulgados y echados de sus conventos, los funcionarios privados de sus destinos, los particulares ricos despojados de sus bienes, y todos los demás castigados corporalmente.


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