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Excepción non adimpleti contractus | Sentencia 8 de diciembre 2010

Primera Sala Suprema Corte de Justicia >> Sentencia 8 de diciembre 2010

Excepción: “non adimpleti contractus”. Concepto.

Considerando, que la excepción non adimpleti contractus consiste en la prerrogativa que se reconoce a una de las partes de un contrato sinalagmático de no ejecutar su obligación con la otra parte mientras ésta no ejecute la suya;

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