Home » Jurisprudencias » Penal » Daño Moral En Accidente De Transitone Necesidad De Probarlo

Daño Moral En Accidente De Transitone Necesidad De Probarlo

jurisprudenciaSolo los padres, los hijos y los cónyuges de las personas fallecidas en ocasión de una conducta delictiva, están exentos de probar el daño moral o daño psicológico sufrido en razón de ese acontecimiento luctuoso; los demás parientes deben probar el daño moral sufrido. {show access=”Guest”} Favor loguearse para acceso ilimitado! {show access=”Registered”} || Considerando, que de aceptarse tal constitución en parte civil en nombre de la totalidad de una familia, como es el caso, se estaría estimulando las demandas por concepto de daños y perjuicios, sobre todo basadas en casos relativos a accidentes de tránsito, cuando lo cierto es que solo los padres, los hijos y los cónyuges supervivientes pueden sustentarlas sin aportar las pruebas de los daños morales que ese hecho ilícito les ha producido, lo que no sucede con las personas que tengan cualquier otro tipo de vínculo familiar, sanguíneo o por afinidad, con las víctimas de un accidente, quienes están en la obligación de probar que existía entre ellos y el occiso dependencia económica o una comunidad afectiva tan real y profunda, que permita a los jueces convencerse de que tales reclamantes han sufrido un perjuicio que amerita una condigna reparación; ya que el interés puramente afectivo no basta para justificar una indemnización; Considerando, que la solución contraria implicaría una multiplicidad de acciones derivadas de un accidente con víctimas mortales, incoadas por personas cuyos sentimientos de efectos podrían ser lesionados por el suceso, lo que resultaría ilógico, ya que el causante se vería compelido a enfrentar innumerables demandas que no se justifican dentro de un criterio rigurosamente científico; (Sentencia del 14 de abril de 1998, No. 7, B. J. 1049, Vol. 1, pág. 123. Véase anexo, pág. 239).

Loguearse para ver o descargar este item

Contacto

Completar campos para enviar solicitud.

255 caracteres restantes
Mensaje enviado. Responderemos en breve.
Hubo un error. Intente nuevamente.