Home » Jurisprudencias » Penal » Delito. Su Comision No Puede General Derecho

Delito. Su Comision No Puede General Derecho

jurisprudenciaEl día en que una conducta violadora de la ley penal sirva de fundamento para general un derecho, se anarquizaría el orden social y se quebrantaría el ordenamiento jurídico nacional. {show access=”Guest”} Favor loguearse para acceso ilimitado! {show access=”Registered”} || Considerando, que en síntesis, la parte civil recurrente alega ‘’que la Corte a-qua violo el principio de la irretroactividad de la leyes, puesto que los recurridos violaron su derecho de propiedad, al desalojarlo del predio que ocupaba, no obstante tener muchos años pacíficamente allí, y lo hicieron sin la previa autorización de Bienes Nacionales, que es la propietaria real del mismo, y la corte no podía descargar a los prevenidos, sin explicar con claridad la razón por la cual quienes no son titulares de ese derecho de propiedad lo desalojaron’’ , pero; Considerando, que Virgilio Saviñon Suriel, ciertamente ocupo durante muchos años una parcela dentro de los límites del Parque Zoológico Nacional, en violación de un decreto del Poder Ejecutivo que declaro área vedada todos los terrenos de ese parque; Considerando, que el Gobierno Dominicano dio en administración a la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU) el Parque Zoológico Nacional, del cual era administrador el Dr. Alfonso Ferreira; Considerando, que obra en el expediente una comunicación del entonces administrador de Bienes Nacionales Dr. Rodolfo Rincón, informándole al Dr. Alfonso Ferreira que esa institución había desalojado al Sr. Virgilio Saviñon Suriel, a quien no obstante habérsele requerido varias veces que abandone el predio, se había negado obstinadamente; Considerando, que se evidencia, por tanto, que ni el Dr. Alfonso Ferreira, ni la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU), intervinieron en esa solución del problema, generado por la negativa de Virgilio Saviñon Suriel de abandonar el inmueble mencionado, por lo que mal podían ser condenados el Dr. Alfonso Ferreira o la UNPHU por una acción de que fue una actuación estatal; Considerando, por último, que un comportamiento delictivo, como el cometido por Virgilio Saviñon Suriel, al ocupar un terreno propiedad de Bienes Nacionales, no puede generar derechos, por lo que la Corte a-qua hizo una correcta aplicación de la ley al rechazar su demanda en daños y perjuicios; (Sentencia del 25 de agosto de 1999, No. 54, B. J. 1065, Vol. 11, pág. 424. Véase anexo, pág. 411).

Loguearse para ver o descargar este item

Contacto

Completar campos para enviar solicitud.

255 caracteres restantes
Mensaje enviado. Responderemos en breve.
Hubo un error. Intente nuevamente.