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Indemnizacion. Razonabilidad

jurisprudenciaObligatoriedad de fijar indemnización razonable (tomando en consideración el grado de falta cometido y la magnitud del daño causado). La proporcionalidad es una regla consustancial de la equidad; por consiguiente las indemnizaciones fijadas con el objetivo de resarcir un daño recibido en ocasión de la comisión de un crimen o delito debe ser razonable. {show access=”Guest”} Favor loguearse para acceso ilimitado! {show access=”Registered”} || Considerando, que era obligación de la Corte a-qua examinar los hechos y circunstancias del caso, para establecer la relación de causa a efecto entre la falta cometida y el daño causado, toda vez que se impone la proporcionalidad de la indemnización que se acuerde en favor de las víctimas y la gravedad del daño recibido en el accidente, puesto que si bien es cierto, en principio, que los jueces del fondo tienen un poder soberano para establecer los hechos constitutivos del daño, y fijar el monto de la cuantía de su resarcimiento, ese poder no puede ser tan absoluto que pueda consagrar una iniquidad o arbitrariedad, y la misma pueda ser objeto de críticas por parte de la Suprema Corte de Justicia; Considerando, que como ámbito de ejercicio de ese poder discrecional que tienen los jueces, se ha consagrado que las indemnizaciones deben ser razonables, esto es, que haya una relación entre la falta, la magnitud del daño causado y el monto fijado como resarcimiento por los perjuicios sufridos; (Sentencia del 20 de octubre de 1999, No. 31, B. J. 1067, Vol. 11, pág. 407. Véase anexo, pág. 419).

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