El error o la inexactitud irrelevante en la redacción de una sentencia no la hacen anulable, siempre que esa situación distorsionada no haya sido considerada de manera determinante para decidir el asunto que se juzga. {show access=”Guest”} Favor loguearse para acceso ilimitado! {show access=”Registered”} || Considerando, que resulta irrelevante que el juez haya expresado en su decisión que la Autopista 30 de mayo está ubicada de Norte a sur, y no de Este a Oeste, toda vez que esa situación no fue tomada en consideración para retener una falta a cargo de quien iba a una vía secundaria y salía a un principal, que es lo importante en el presente caso, por lo que procede desestimar el medio propuesto; (Sentencia del 13 de junio de 2001, No. 35, B. J. 1087, Vol. 1, pág. 275. Véase anexo, pág. 609).
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