Solo tiene validez y fuerza probatoria las copias de las sentencias firmadas por los jueces que figuren en las mismas o que la secretaria correspondiente certifique que el original de la decisión fue firmado por los Magistrados actuantes. {show access=”Guest”} Favor loguearse para acceso ilimitado! {show access=”Registered”} || Considerando, que la primera parte del artículo 196 del Código de Procedimiento Criminal prescribe lo siguiente: ‘’El asiento de la sentencia se firmara por los jueces que la hubieren pronunciado’’; en consecuencia, es una regla esencial del derecho procesal y condición exigida para la validez de toda sentencia, que esta haya sido firmada por todos los jueces que figuran en la misma; (Sentencia del 9 de mayo de 2001, No. 24, B. J. 1086, Vol. 1, pág. 298. Véase anexo, pág. 593).
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