1 territorio aduanero es la parte del ámbito mencionado en el Artículo 1, en la que se aplica un mismo sistema arancelario y de prohibiciones de carácter económico a las importaciones y a las exportaciones.
2 territorio aduanero general es aquel en el cual es aplicable el sistema general arancelario y de prohibiciones de carácter económico a las importaciones y a las exportaciones.
3 territorio aduanero especial o área aduanera especial es aquel en el cual es aplicable un sistema especial arancelario y de prohibiciones de carácter económico a las importaciones y a las exportaciones.
a) El mar territorial argentino y los ríos internacionales;
b) Las áreas francas;
c) Los exclaves;
d) Los espacios aéreos correspondientes a los ámbitos a que se refieren los incisos precedentes;
e) El lecho y el subsuelo submarinos nacionales.
en éstos ámbitos se aplican los regímenes aduaneros que para cada caso se contemplan en este código.