Home » Legislacion Internacional » Chile » Derechos Intelectuales

Derechos Intelectuales

internacional

TITULO IV

DEPARTAMENTO DE DERECHOS INTELECTUALES

Art. 90. Créase el Departamento de Derechos Intelectuales, que tendrá a su cargo el Registro de Propiedad Intelectual y las demás funciones que le encomiende el Reglamento. Este organismo dependerá de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos y tendrá la siguiente planta:

Planta Directiva, Profesional y Técnica

1 Conservador de Derechos Intelectuales, Abogado, 3ª Categoría.

1 Jefe de Sección, Abogado, 5ª Categoría.

Planta Administrativa

1 Oficial, 5ª Categoría.

1 Oficial, 6ª Categoría.

1 Oficial, 7ª Categoría.

2 Oficiales, Grado 1°.

 

Planta Auxiliar

1 Mayordomo, Grado 6°.

1 Auxiliar, Grado 8°.

 

Los gastos que demande esta planta por el presente año se imputarán al Presupuesto de Gastos Corrientes de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública. 

 {show access=”Registered”}

danwload

Loguearse para ver o descargar este item

Contacto

Completar campos para enviar solicitud.

255 caracteres restantes
Mensaje enviado. Responderemos en breve.
Hubo un error. Intente nuevamente.