JURISPRUDENCIA
De acuerdo con el Artículo 480 del Código de Procedimiento Civil, para interponer el recurso en REVISIÓN CIVIL, se exigen las siguientes condiciones:
1.- Que la sentencia contra la cuál se recurre, haya sido contradictoria.
2.- Que la o las partes que ejerzan dicho recurso, hayan sido partes en el proceso o que hubieren sido citadas
3.- Que se de uno de los casos enunciados en dicho Artículo.