Vicios Redhibitorios
TITULO XIV De los vicios redhibitorios Art. 2.164. Son vicios redhibitorios los defectos ocultos de la cosa, cuyo dominio, uso o goce se transmitió por título oneroso, existentes al tiempo …
TITULO XIV De los vicios redhibitorios Art. 2.164. Son vicios redhibitorios los defectos ocultos de la cosa, cuyo dominio, uso o goce se transmitió por título oneroso, existentes al tiempo …
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