Arts. 1514 al 1514 | Facultad de la Mujer deTomar lo aportado
SECCIÓN V De la facultad que se concede a la mujer de volver a tomar libre y saldo lo que aportó Art. 1514.- La mujer puede estipular, que en …
SECCIÓN V De la facultad que se concede a la mujer de volver a tomar libre y saldo lo que aportó Art. 1514.- La mujer puede estipular, que en …
SECCIÓN VI De la mejora convencional Art. 1515.- La cláusula por la que el esposo superviviente está autorizado a tomar, antes de hacerse la partición, cierta suma o cierta …
SECCIÓN VII De las cláusulas por las cuales se asigna a cada uno de los esposos, partes desiguales en la comunidad. Art. 1520.- Los esposos pueden derogar la partición …
SECCIÓN VIII De la comunidad a título universal Art. 1526.- Los esposos pueden establecer en su contrato de matrimonio, una comunidad universal de sus bienes, lo mismo muebles que …
SECCIÓN IX De los convenios que excluyen la comunidad Art. 1529.- Cuando sin someterse al régimen dotal, declaran los cónyuges que se casan sin comunidad o que se separan …
PÁRRAFO I De la cláusula en que se estipula que los esposos se casan sin comunidad Art. 1530 y 1531.- (Derogados por la ley 189-01, del 22-11-2001). Art. 1532.- …
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