Arts. 1259 al 1272 | Adquisicion de Bienes
TÍTULO I. DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES Canon 1259. La Iglesia puede adquirir bienes temporales por todos los modos justos, de derecho natural o positivo, que estén permitidos a otros. …
TÍTULO I. DE LA ADQUISICIÓN DE BIENES Canon 1259. La Iglesia puede adquirir bienes temporales por todos los modos justos, de derecho natural o positivo, que estén permitidos a otros. …
TÍTULO II. DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES Canon 1273. En virtud de su primado de régimen, el Romano Pontífice es el administrador y distribuidor supremo de todos los bienes …
TÍTULO III. DE LOS CONTRATOS, ESPECIALMENTE DE LA ENAJENACIÓN Canon 1290. Lo que en cada territorio estableca el derecho civil sobre los contratos, tanto en general como en particular, y …
TÍTULO IV. DE LA PÍAS VOLUNTADES EN GENERAL Y DE LAS FUNDACIONES PÍAS Canon 1299. 1. Quien, por el derecho natural y canónico, es capaz de disponer libremente de sus …
LIBRO VI. DE LAS SANCIONES EN LA IGLESIA PARTE I. DE LOS DELITOS Y PENAS EN GENERAL TÍTULO I. DEL CASTIGO DE LOS DELITOS EN GENERAL Canon 1311. La Iglesia …
TÍTULO II. DE LA LEY PENAL Y DEL PRECEPTO PENAL Canon 1313. 1. Si la ley cambia después de haberse cometido un delito, se ha de aplicar la ley más …
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