Arts. 289 al 289 | Ganancias y Perdidas de Capital
CAPITULO IV GANANCIAS Y PERDIDAS DE CAPITAL. Artículo 289.- GANANCIAS DE CAPITAL. Para determinar la ganancia de capital sujeta a impuesto, se deducirá del precio o valor de enajenación …
CAPITULO IV GANANCIAS Y PERDIDAS DE CAPITAL. Artículo 289.- GANANCIAS DE CAPITAL. Para determinar la ganancia de capital sujeta a impuesto, se deducirá del precio o valor de enajenación …
DISPOSICIONES DIVERSAS Artículo 290.- REGIMEN SIMPLIFICADO. Las personas naturales residentes en el país, cuyos ingresos brutos sujetos al impuesto provengan en más de un 80% del ejercicio de actividades …
CAPITULO VI TASAS DEL IMPUESTO Artículo 296.- TASA DEL IMPUESTO DE LAS PERSONAS FISICAS. (Modificado por la Ley 147-00 de fecha 27 de diciembre del 2000). Las personas naturales …
CAPITULO VII EXENCIONES GENERALES Artículo 299.- No estarán sujetas a este impuesto: a) Las rentas del Estado, del Distrito Nacional, de los Municipios, de los Distritos Municipales y de …
CAPITULO VIII IMPUTACION DE RENTAS Y GASTOS AL AÑO FISCAL Artículo 300.- AÑO FISCAL. Los contribuyentes de este impuesto imputarán sus rentas al año fiscal que comienza el 1ro. …
CAPITUO IX RETENCIONES EN LA FUENTE Artículo 305.- PAGOS AL EXTERIOR EN GENERAL. Quienes paguen o acrediten en cuenta rentas gravadas de fuente dominicana a personas no residentes o …
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