Cedulas hipotecarias

  CAPITULO II Cédulas hipotecarias  Artículo 860.   (Artículo 45 del Decreto Ley número 218).   Puede constituirse hipoteca para garantizar un crédito representado por cédulas sin que sea necesario que haya acreedor y emitirse las cédulas en favor del mismo dueño del inmueble hipotecado.   Artículo 861.      (Solidaridad de gravamen si son varios bienes).      Si son varios los inmuebles hipotecados, todos ellos garantizarán solidariamente …

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Certificaiones del registro

CAPITULO V Certificaciones del Registro. Artículo 1179. La liberación o gravamen de los bienes inmuebles o derechos reales sobre los mismos, sólo podrán acreditarse por la certificación del Registro en que se haga constar el estado de dichos bienes.   Artículo 1180. (Artículo 90 del Decreto Ley número 218). Los registradores expedirán las certificaciones que se les pidan, relativas a los bienes inscritos en el Registro.        Dichas certificaciones …

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