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Clasificación de Contratos Derivadas de sus Requisitos de Fondo

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  Clasificación de Contratos Derivadas de sus Requisitos de Fondo

El requisito esencial de la formación de los contratos es la voluntad. En los contratos de adhesión no se abre un libre debate entre las partes, como en los contratos de mutuo acuerdo. Se ha concluido de eso que los contratos de adhesión no constituían verdaderos contratos: opinión exagerada: sin la voluntad de las partes, no nace la obligación.
El contrato colectivo obliga a personas que, no han consentido directamente. Sucede así en materia de concordato, de asociación sindical de propietarios, de convención colectiva de trabajo. A veces el legislador obliga algunas personas a estableces entre sí relación jurídicas; tal, es el caso del contrato de salario dirigido, e igualmente en la participaciones o cambio impuestos por la reconstitución de un patrimonio desmembrado.

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