Personas Morales de Derecho Público y Privado
El estado es históricamente la primera persona de derecho público que ha sido reconocida por el derecho. Los departamentos y los municipios tienen igualmente la personalidad, pero no los cantones ni siquiera los distritos. Junto al estado y sus subdivisiones, existen otras personas morales que ayudan al estado, el departamento o el municipio en sus tareas fundamentales (enseñanza, caridad) son los establecimientos públicos (universidades, hospitales). Estas personas de derecho público están regidas por el derecho administrativo; en principio sus litigios son de la competencia de los tribunales administrativos; su contabilidad está sometida a reglas de la contabilidad pública; ninguna vía de ejecución podría dirigirse contra ellas. Las personas morales de derechos privados persiguen fines ajenos a los de las actividades públicas.
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