Procedimientos de Pruebas imperfectas
Hay tres procedimientos de pruebas imperfectos: el testamento, las presunciones y el juramento supletorio. El Testimonio: o prueba testifical, es la afirmación que una persona emite bajo juramento, en un interrogatorio, acerca de haber percibido, por sus propios sentidos, un hecho pertinente; es decir, susceptible, si se establece, de tener influencia sobre la resolución. La simple declaración de un testigo tiene el valor de una presunción. Las Presunciones: es la consecuencia que el magistrado deduce de un hecho conocido para un hecho desconocido. La ley no permite más que las presunciones graves, precisas y concordantes, sin embargo la jurisprudencia dominante se remite a la prudencia de los jueces en esta, que tiene a veces en cuenta una presunción. El Juramento Supletorio: es el deferido de oficio por el juez a una de las partes
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