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Medidas de Coercion Reales

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2007-01-31

Medidas de Coercion Reales:

Las medidas de coerción reales no se solicitan exclusivamente contra el imputado. El Código plantea que cualquiera de las partes puede solicitarlas, incluso el MP. Con las medidas de coerción reales lo que se busca es garantizar el cumplimiento de determinada obligación surgida en el proceso penal a cargo de una de las partes. El CPP especifica que éstas pueden consistir en el embargo o la inscripción de una hipoteca judicial como cualquier otra medida conservatoria prevista por la ley civil. La víctima la puede solicitar para garantizar los daños y perjuicios derivados del hecho punible. El MP puede solicitarlas para garantizar el pago de las multas imponibles o de las costas o cuando la acción civil le haya sido delegada. Cualquiera de las partes puede solicitarla para el pago de las costas del procedimiento. (at. 243).

Fuente: www.diariolibre.com

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