09-04-2008
PERENCION DE LA ACCION PENAL:
La perención es una causa de extinción del procedimiento seguido en una instancia por causa de la inacción de las partes durante el plazo fijado por la ley a esos fines. Es un concepto más propio del derecho civil y del derecho comercial.
En materia penal se utiliza el concepto de prescripción que se refiere no a la instancia sino al derecho mismo de accionar en justicia respecto de un caso. Sin embargo, en varias situaciones la no actuación oportuna de la parte titular de la acción penal puede dar lugar a la pérdida del derecho de actuación y consecuentemente a la prescripción de la acción.
Son los casos, por ejemplo de: a) Abandono de la acusación en las infracciones de acción privada y b) Vencimiento del plazo máximo de duración del proceso o del plazo del procedimiento preparatorio.
Fuente: www.diariolibre.com
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