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Policia Nacional el Arresto

contratos

2005-06-15

La Policia Nacional y el Arresto:

Las principales obligaciones de la Policía al momento de practicar un arresto. Unas son de hacer y otras de no-hacer. Entre las primeras están:1º) Identificarse; 2º) Identificar la persona arrestada; 3º) Informarle de su derecho a guardar silencio y de  nombrar su defensor; 4º)  Comunicar a los familiares y al abogado sobre el arresto y el lugar donde se encuentra; 5º) Poner la persona, sin demora innecesaria, a la orden del Ministerio Público, y en todo caso, en el plazo máximo de 24 horas del  arresto. Entre las segundas están: 1) Abstenerse al uso de la fuerza, salvo que fuere necesario para la ejecución del arresto, guardando la debida proporción; 2) Abstenerse del uso de las armas, salvo que se produzca una resistencia que coloque en peligro la vida o integridad física de las personas, o para evitar la comisión de otras infracciones; 3) No aplicar, instigar o tolerar actos de tortura, tormentos u otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes; 4) No presentar al arrestado a los medios de comunicación.

Fuente: www.diariolibre.com

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