no obstante, cuando se tratare de quiebra o concurso culpable o fraudulento la inhabilidad se extenderá hasta 5 o 10 años después de su rehabilitación, respectivamente;
8) encontrarse en concurso preventivo o resolutorio, hasta que hubiere obtenido carta de pago o acreditare el cumplimiento total del acuerdo respectivo;
9) estar inhibido judicialmente para administrar o disponer de sus bienes, mientras esta situación subsistiere;
10) ser deudor de obligación tributaria aduanera exigible o de obligación emergente de pena patrimonial aduanera firme, o ser socio ilimitadamente responsable, director o administrador de cualquier sociedad o asociación cuando la Sociedad o la Asociación de que se tratare fuere deudora de alguna de las obligaciones mencionadas. Estas inhabilidades subsistirán hasta la extinción de la obligación;
11) ser o haber sido agente aduanero, hasta después de un año de haber cesado como tal;
12) haber sido exonerado como agente de la Administración pública Nacional, provincial o municipal, hasta que se produjere su rehabilitación.
3 son requisitos para la inscripción en este registro cuando se tratare de personas de existencia ideal;
a) Estar inscriptas en el Registro público de Comercio o y presentar sus contratos sociales;
b) Acreditar la dirección de la sede social y constituir domicilio especial en la jurisdicción que corresponda a la Aduana en la que hubiere de ejercer su actividad;
c) Acreditar la solvencia necesaria y otorgar a favor de la administración Nacional de aduanas una garantía, en seguridad de fiel cumplimiento de sus obligaciones, de conformidad con lo que determinare la reglamentación;
D) No encontrarse la sociedad, asociación o cualesquiera de sus directores, administradores o socios ilimitadamente responsables en alguno de los supuestos previstos en el apartado 2, inc. E, de este artículo;
e) Designar el o los apoderados generales que actuaran en su representación ante el servicio aduanero, a quienes se les aplicara el régimen establecido para estos en el presente código.