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Deberes Fundamentales

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TITULO VII

DEBERES FUNDAMENTALES

 

ARTICULO 157°.- DEBERES

El niño, niña y adolescente tienen los siguientes deberes fundamentales, además de lo establecido en otros cuerpos legales:

1. Asumir su responsabilidad como sujeto activo en la construcción de la sociedad;

2. Defender, cumplir y preservar sus derechos y los derechos de los demás;

3. Respetar y preservar el patrimonio pluricultural y multiétnico que constituyen la identidad nacional; y,

4. Defender y preservar las riquezas naturales y la ecología del país.

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