Home » Legislacion Internacional » Bolivia » Disposicion Transitoria

Disposicion Transitoria

internacional

TITULO IX

CAPITULO UNICO

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

ARTICULO 262º- Los procesos militares pendientes a la promulgación del presente Código, ante los Tribunales Supremo y Permanente de Justicia Militar, continuarán el trámite de acuerdo con las disposiciones contenidas en este procedimiento.

ARTICULO 263º- Los secretarios de los juzgados de Instrucción del Tribunal Supremo y Tribunal Permanente de Justicia Militar, elevarán en el día los expedientes a la Secretaría de Cámara respectiva para que el Presidente del Tribunal, disponga la radicatoria y trámite posterior, conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.

 {show access=”Registered”}

danwload

Loguearse para ver o descargar este item

Contacto

Completar campos para enviar solicitud.

255 caracteres restantes
Mensaje enviado. Responderemos en breve.
Hubo un error. Intente nuevamente.