Home » Legislacion Internacional » Bolivia » Principios Generales

Principios Generales

internacional

CODIGO PROCESAL DEL TRABAJO

DECRETO LEY 16896 DE 25 DE JULIO DE 1979

LIBRO I

DE LA NATURALEZA DE LAS NORMAS ADJETIVAS EN MATERIA LABORAL

TITULO I

DE LOS PRINCIPIOS GENERALES

CAPITULO UNICO

DE LAS DISPOSICIONES PRELIMINARES

ARTICULO 1º El Código Procesal del Trabajo regulará los modos y las formas de tramitación y resolución de todos los asuntos relativos a las cuestiones laborales, cuyo conocimiento corresponde a la Judicatura del Trabajo y de Seguridad Social.

ARTICULO 2º Este Código dará autonomía a los procedimientos del trabajo y eliminará todo uso y remisión a las normas adjetivas de otros campos jurídicos. Tiene como finalidad esencial reforzar los poderes del juzgador y de las autoridades del trabajo, respecto a la dirección del proceso y todos los trámites en materia laboral y de seguridad social.

ARTICULO 3º Todos los procedimientos y trámites se basarán en los siguientes principios.

a)            Gratuidad, por el que todas las actuaciones en los juicios y trámites del trabajo serán absolutamente gratuitas.

b)           Inmediación, por el que es obligatoria la presencia del juzgador en la celebración de las audiencias, la práctica de las pruebas y otros trámites.

c)            Publicidad, por el que las actuaciones y trámites del trabajo serán eminentemente públicos , es decir, que a ellos pueden asistir todos los que libremente así lo deseen.

d)           Impulsor de oficio, por el que los juzgadores tienen la obligación de instar a las partes a realizar los actos procesales bajo conminación de seguir adelante en caso de omisión.

e)           Preclusión, por el que el juez, no cumplido por la parte un acto procesal, dentro del tiempo conferido por la Ley, determina la clausura de la etapa procesal respectiva.

f)            La lealtad procesal, por la que las partes ejerciten en el proceso una actividad exenta de dolo o mala fe.

g)            Proteccionismo, por el que los procedimientos laborales busquen la protección y la tutela de los derechos de los trabajadores.

h)           Inversión de la prueba, por el que la carga de la prueba corresponde al empleador

i)             Concentración, por la que se evita la diseminación del procedimiento en actuaciones separadas.

j)             Libre apreciación de la prueba, por la que el juez valora las pruebas con amplio margen de libertad conforme a la sana lógica, los dictados de su conciencia y los principios enunciados.

ARTICULO 4º En materia de trabajo y seguridad social, la autoridad judicial tiene una función activa de acuerdo con el principio inquisitivo y de dirección procesal, de tal suerte, que de oficio puede analizar su propia competencia, la capacidad de las partes. llamar nuevos testigos, provocar peritajes, conminar la presentación de pruebas a las partes, y adoptar las diligencias para mejor proveer lo que juzgare conveniente.

 {show access=”Registered”}

danwload

Loguearse para ver o descargar este item

Contacto

Completar campos para enviar solicitud.

255 caracteres restantes
Mensaje enviado. Responderemos en breve.
Hubo un error. Intente nuevamente.