Contradiccion en Acusaciones
El CPP plantea que en caso de contradicción manifiesta entre la acusación del MP y la del querellante, el juez de la audiencia preliminar debe indicar la discrepancia para que éstos las adecuen a un criterio unitario. Si lo alcanzan, el juez decidirá sobre la acusación unificada o consensuada. ¿Y si no se ponen de acuerdo y digamos que ninguna de las partes cede en sus pretensiones? ¿Debe el juez elegir entre una u otra? ¿Cómo elegiría entre una u otra acusación sin prejuzgar y sin desnaturalizar su condición de árbitro imparcial? Lo oportuno es que en ese caso, y ante la imposibilidad para ponerse de acuerdo, el juez dicte un auto de no ha lugar, tomando en cuenta que un imputado no puede estar sometido a dos acusaciones simultaneas sobre un mismo hecho punible.
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