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Nacionalidad Provisional

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  Nacionalidad Provisional

Base Legal

Párrafo 1 del art. 26 de la Ley no. 1683 de Naturalización del 16-4-1948 y sus modificaciones.

Requerimientos

1.      Instancia elevada al Poder Ejecutivo, vía Secretario de Estado de Interior y Policía por el padre o la madre Dominicana(o).

2.      Acta de nacimiento del menor legalizada en el Consulado Dominicano acreditada en el país de su nacimiento y en la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores de la República Dominicana y si no esta en idioma español, traducida por un traductor legal. Si ha transcrito el acta de nacimiento la transcripción debe legalizarla en la Oficina Central del Estado Civil.

3.      Acta de nacimiento, del padre o la madre dominicana, legalizada en la Oficialía Central del Estado Civil.

4.      Cuatro Fotografías Del Menor De Frente 2×2

5.      Un poder notarizado del padre no solicitante, indicando que no se opone a dicha solicitud y legalizado el la Procuraduría, si esta fuera del país el padre no solicitante, en el Consulado Dominicano donde este se encuentre y legalizado en la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores.

6.      Fotocopia de las tres primeras paginas del   pasaporte del beneficiado

7.      Dos (2) fuegos de copias de los documentos a depositar

Procedimiento

Nota: El menor debe venir acompañado de uno de sus padres a una entrevista una semana después de haber depositado los documentos; los cuales tienen que estar debidamente legalizados y traer el pasaporte al momento de la entrevista.

 Fuente: www.seip.gov.do

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