Arts. 355 al 385 | Autoridades Ejecucion Sanciones

cautelar, en coordinación con sus familiares más cercanos;
f)      Disponer la creación de una unidad de atención integral, conformada por un equipo multidisciplinario de profesionales en trabajo social, orientación, sicólogos, educadores y demás funcionarios que estime convenientes, el cual brindará atención integral, supervisión y seguimiento durante la ejecución de las sanciones en el marco de los programas y proyectos destinados a la ejecución de las distintas sanciones Podrán auxiliarse de los especialistas de las   instituciones públicas o privadas, especializadas en atención integral de niños, niñas y adolescentes, cuando sea necesario;
g)    Garantizar que, periódicamente, se pueda informar al juez de Control de la Ejecución sobre el avance en el plan de ejecución de la sanción de cada una de las personas adolescentes que se encuentre cumpliendo sanciones;
h)    Organizar, supervisar y coordinar la administración de los centros privativos de libertad, y demás centros de custodia, encargados de la atención integral de las personas adolescentes en conflicto con la ley penal;
i)      Impulsar la creación a nivel local y con participación activa de la sociedad civil, las comunidades, los centros de educación formal, patronatos y redes de apoyo, programas para el proceso de educación e inserción social de las personas adolescentes en conflicto con la ley penal;
j)      Velar, en lo administrativo, que la ejecución de toda sanción sea de conformidad con la sentencia definitiva que la impuso, garantizando los derechos que asisten a la persona adolescente sancionada;
k)     Vigilar y asegurar que el plan individual para la ejecución de las sanciones esté acorde con los objetivos fijados en la sentencia definitiva, en este Código y demás instrumentos internacionales;
l)      Velar porque se respeten los derechos y garantías de la persona adolescente mientras cumple la sanción, especialmente en las sanciones privativas de libertad;
m)   Solicitar al juez de Control de la Ejecución, de oficio o a solicitud de parte, modificar la sanción impuesta a la persona adolescente por otra

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