Una de las violaciones más groseras de los derechos de un ser humano es procesarlo judicialmente en un idioma extraño, y por ende sin el imputado entender de lo que se le acusa. Por lo que la obligación de un intérprete es imperativa. {show access=”Guest”} Favor loguearse para acceso ilimitado! {show access=”Registered”} || Considerando, … que la Corte a-qua no pudo oír al acusado en forma alguna; porque en su misma acta de audiencia no consta en lo absoluto que lo proveyera de un intérprete judicial como era de rigor, en virtud de la misma ley y para respetar su derecho de defensa; que la Corte a-qua oyó disponer al acusado en inglés o en español, lengua que no habla el acusado, lo que quedo comprobado, ya que en primer grado hubo necesidad de un intérprete judicial; que es evidente que la sentencia impugnada, cometió un abuso legal al juzgar al acusado en un idioma que no conoce y oír su declaración sin haber sido asistido del interprete judicial; que el asunto examinado se hace más grave aún, cuando se comprueba que en medio de la forma ilegal de la declaración del ciudadano suizo, la misma sirvió para aumentarle la pena que se había impuesto un Juez de Primer Grado, que si tuvo la oportunidad de oír al acusado por medio del interprete judicial previsto por la ley; Considerando, que por otra parte la Corte a-qua califico el hecho cometido por el Sr. Bronnemier al amparo de lo que dispone la Ley 5088, como traficante, mientras la Juez a-quo lo había señalado como el hecho de un intermediario de acuerdo con el párrafo del artículo 4 de la referida ley, agravando así, considerablemente, la situación del recurrente sin dar ningún motivo, que justifican tal agravamiento, lo que constituye el vicio de falta legal; (Sentencia del 12 de septiembre de 1997, No. 6, B. J. 1042, Vol. 1, pág. 93. véase anexo, pág. 207).
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