Una correcta aplicación de las leyes 362 de 1932 y 1015 de 1935, conduce a admitir que ningún litigante puede pretender en buena lógica jurídica, obtener condenaciones o liberarse de ellas,
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Una correcta aplicación de las leyes 362 de 1932 y 1015 de 1935, conduce a admitir que ningún litigante puede pretender en buena lógica jurídica, obtener condenaciones o liberarse de ellas,
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