Jurisprudencia

 
JURISPRUDENCIA 

De acuerdo con el Artículo 480 del Código de Procedimiento Civil, para interponer el recurso en REVISIÓN CIVIL, se exigen las siguientes condiciones:

1.-      Que la sentencia contra la cuál se recurre, haya sido contradictoria.

2.-      Que la o las partes que ejerzan dicho recurso, hayan sido partes en el proceso o que hubieren sido citadas

3.-      Que se de uno de los casos enunciados en dicho Artículo.

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