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Responsabilidad Civil de las EDE

SCJ establece las EDE comprometen su responsabilidad civil por no responder a tiempo reporte de irregularidad.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció que las empresas distribuidoras de electricidad (EDE) comprometen su responsabilidad civil que las obliga a responder por los daños causados por la cosa que en principio está bajo su guarda, si una vez generada la reclamación del hecho dañoso no proceden a dar su respuesta dentro del plazo legal de 48 horas.

La decisión está contenida en la sentencia núm. SCJ-PS-22-1449 de fecha 29 de abril de 2022, firmada por los magistrados Pilar Jiménez Ortiz, quien preside la citada sala, Justiniano Montero Montero, Samuel Arias Arzeno, Vanessa Acosta Peralta y Napoleón Estévez Lavandier, en virtud de una demanda por reparación de daños y perjuicios contra la empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (Edesur).

Fecha: 29 de abril de 2022 | Materia:  Civil y Comercial   | Sentencia No.: SCJ-PS-22-1449

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