Arts. 35 al 40 | Fondo Forestal
CAPITULO VI FONDO FORESTAL Artículo 35.- Se instituye el Fondo Forestal que será de dos tipos: 1) Fondo Privativo para asegurar que el INAREF reciba y se encargue de todos los ingresos que genere la administración forestal del Estado el cual manejará el INAREF para cumplir con las funciones que le asigna esta ley; y … Leer más