SCJ establece jueces/zas de lo contencioso administrativo pueden suplir deficiencia o error jurídico cuando sean vulnerados derechos sociales.
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció que los jueces y las juezas de lo contencioso administrativo tienen la facultad de conceder a los/as servidores públicos derechos que no les hayan sido solicitados de manera expresa, siempre que esos beneficios deriven de la ley, de conformidad con la naturaleza de su relación de empleo y de los hechos de la causa.
En ese sentido, mediante sentencia núm. SCJ-TS-22-0870, de fecha 31 de agosto de 2022, la alzada admite suplir de cualquier deficiencia o error jurídico la demanda introductiva de instancia en el derecho administrativo cuando estén involucrados derechos sociales.
DownloadFecha: 31 de agosto de 2022 | Materia: Laboral | Sentencia No.: SCJ-TS-22-0870