SCJ establece que para que el juez no valore un documento no basta con cuestionarlo por estar en fotocopia sino por su contenido. La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció que los jueces del fondo tienen un amplio poder de apreciación sobre el contenido de los documentos que les son presentados o sometidos en fotocopia, regla que se encuentra supeditada a que la parte a quien se le opone no los impugne por medio de las vías instituidas al efecto.
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