PARTES IMPORTANTES EN LA FORMACION DEL CONTRATO DE INQUILINATO
El contrato de inquilinato, al igual que todos los contratos y convenciones que efectúen las personas, para ser reputado como válidos deben estar sometidos a los requisitos generales establecidos en el artículo 1108 del Código Civil dominicano.
De manera que las partes o elementos importantes en la formación del contrato de alquiler son:
a) Una cosa que sea objeto del contrato de alquiler, es decir, un inmueble.
b) Dos o más personas que tengan la capacidad necesaria para celebrar el contrato, es decir, un propietario o una persona que ejerza tal calidad, y un inquilino.
c) El libre consentimiento de las partes, es decir, libre de vicios.
d) Que el contrato sea efectuado por cierto tiempo.
e) Que se establezca un precio o alquiler convenido por las partes.
Por entender que todos los elementos enunciados precedentemente han sido de una manera u otra explicados en nuestra exposición, vamos a analizar brevemente lo relativo a la capacidad de las personas para contratar, por considerar que el mismo puede prestarse a confusión con relación a la capacidad general de las personas para enajenar, debido a que el contrato de alquiler es un acto administrativo y no de enajenación, de lo que resulta la capacidad de los menores emancipados, los pródigos, los administradores de los bienes de otro, como es el caso del marido, el tutor, etc., para consentir un contrato de alquiler.
a) Condiciones o Cláusulas del Contrato
Son las prohibiciones y obligaciones a que se somete al inquilino en cuanto al uso del inmueble, o sea, se estipula si es para uso Comercial o para habitarla con la familia, así como en cuanto a las reparaciones y mejoras, etc.
b) El Precio del Alquiler
El precio del alquiler de un inmueble puede ser fijado libremente por consenso de las partes, salvo de que se trate de aumento del mismo o el caso en que el valor del inmueble esté por debajo de la suma de Treinta y Cinco Mil Pesos (RD$35,000.00).