Aceptacion de Herencias
Aceptación de las Sucesiones (Artículos 774-783 Código Civil) Una sucesión puede ser aceptada pura y simplemente por sus beneficiarios o condicionada a la realización de un inventario de los activos y pasivos que la integran, de esta forma se mantiene separado el patrimonio de la sucesión en relación al patrimonio del aceptante. Nadie está obligado a … Leer más